SCJN
ANTICONSTITUCIONAL
-“Cosas
veredes Sancho.. que non creyeres”-.
(dijo
el inmortal Hombre de la Mancha a su fiel escudero)
Y
así es amigos, por increíble que parezca, nuestro máximo
superpoder Judicial, el teocrático (casi divino), Tribunal Supremo
de la Nación, está en “lo suyo”, es decir tener la última
palabra, infalible como antaño la autoridad eclesiástica,
dictaminando tajantemente lo que es justo y lo que nó es aceptable,
en cualquier tipo de conducta ciudadana.
Juzguen
ustedes, despojados -si es posible- de toda palabrería liberal y de
“Justicia Social”, que campea en el mundo moderno.
Nuestra
eximia SCJN, dictamina (¿sin derecho a réplica?); “Que es
Inconstitucional, la definición de Matrimonio que enuncia nuestra
-vigente- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”,
o sea que la Constitución es “Anticonstitucional”!
Y
así es, esta manoseada, recontra parchada y modificada Ley
Fundamental del Estado Mexicano, que parece “La Mujer de Todos”,
es decir como la tierra; “Es de quien la trabaja”.
Dicha
Ley basada en el ancestral Derecho Romano, en nuestra Constitución
de 1857 y 1927 (y
en el Derecho Natural), enuncia que “El Matrimonio es un Contrato
Civil, que se concibe como la unión monógama
y heterosexual,
entre un Hombre y una Mujer, con el objeto de procreación y
perpetuación de la Especie” (Art.130 y 13 de las Relaciones
Familares).
La
Jurisprudencia dictaminada por nuestros eximios Ministros declara
“Inconstitucional” dicha ley, al considerar que viola los
derechos humanos de los individuos “Transgénero”. Es decir todo
aquel ser humano, que de acuerdo a su personal criterio y preferencia
decide a que tipo de especie sexual pertenece, como quiere
denominarse y que actividad sexual le parece más placentera. En
realidad eso de “transgénero”, no es sino una barbaridad
semántica ya que la palabra “género”, describe muchas cosas
obvias, pero no se aplica estrictamente a “sexo”.
Sin
embargo todos entendemos que quieren decir; Personas que por la
razones que sean, no están de acuerdo con la disposición
cromosómica de sus células, eso les produce “conflicto de
intereses”. Y bien, ése es su problema o su inviolable decisión
personal, que muchas veces los lleva a cometer actos barbáricos de
maquillaje, mutilación y alteración quimico-hormonal para intentar
concordar su cuerpo con la identidad psicológica que tanto anhelan.
Bien, esa es su inviolable decisión personal, que la mayoría de
personas respetamos cabalmente.
Ahora,
una cosa es que tales seres humanos dignos de todo respeto, hagan con
su vida lo que les indique su mente, y otra es
que
interfieran con los derechos del resto de la población.
En
el especifico caso de la decisión de la corte de forjar
Jurisprudencia en el caso del Matrimonio Civil, la Corte no solamente
está dictaminando el “derecho” de la población Homosexual a
tener una vida digna, sino que dictamina que el resto de la
población los acepte como unidad familiar, con pleno derecho a criar
y educar niños que no tienen completo desarrollo de su Instinto
Sexual y que no tienen ni la información básica ni el desarrollo
genital para decidir que actitud y personalidad pueden desarrollar
en su vida futura. Es decir, la Corte, invalida con su decisión, el
sagrado Derecho de la Infancia a tener una familia sana, que los
prepare para asumir el rol que mejor concuerde con su disposición
genética.
La
Corte señores; ¡Está equivocada! No puede (ni debe) interferir con
el sagrado derecho de todo ser humano a determinarse como una persona
con pleno derecho a su identidad sexual.
La
denominación “Matrimonio”, es por definición y de hecho en
toda la Historia Humana (deriva del vocablo latino; mater=madre
y
monius=protección),
está
diseñada y orientada desde siempre hacia la procreación y
conservación de la Especie Humana.
Todavía
está por determinarse científicamente el origen de la desviación
del Instinto Sexual en la gama de la Homosexualidad (como en tantas
otras patologías). Sin embargo parece obvio que el ejemplo de los
padres es de vital importancia para el establecimiento y concordancia
del Instinto Sexual con la disposición cromosómica de los pequeños
seres vivos. Los niños aprenden e imitan a sus padres y estos les
enseñan como deben comportarse como ciudadanos útiles y respetuosos
de los derechos ajenos. ¿No resulta a todas luces injusto, que a un
niño(a), se le imponga como ejemplo de su identidad sexual, a una
persona, o personas que carecen de élla?
Ahora, si la comunidad HGLTRG, o como quieran denominarse, lo que desean es gozar de la protección que nuestras leyes confieren a las familias legales para lograr la protección que el Estado confiere a las familias, pueden intentar modificar las leyes para que se establezca una figura jurídica que satisfaga sus intereses, bajo otra denominación que no sea la de “matrimonio”. Al cabo aquí estamos todos nosotros (el resto de la población), para cumplir con sus caprichos y “cooperar” con nuestros impuestos. La mayoría de la población Heterosexual también tiene DERECHOS HUMANOS.
Ahora, si la comunidad HGLTRG, o como quieran denominarse, lo que desean es gozar de la protección que nuestras leyes confieren a las familias legales para lograr la protección que el Estado confiere a las familias, pueden intentar modificar las leyes para que se establezca una figura jurídica que satisfaga sus intereses, bajo otra denominación que no sea la de “matrimonio”. Al cabo aquí estamos todos nosotros (el resto de la población), para cumplir con sus caprichos y “cooperar” con nuestros impuestos. La mayoría de la población Heterosexual también tiene DERECHOS HUMANOS.
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