TODAVÍA NO PUEDO DEGLUTIR LA DECISIÓN DE LA SCJ EN ESTE FASCINANATE CASO. A VER QUE OPINA DE ÉSTO..
DURA LEX, SED LEX
Esta
frase originaria del Derecho romano, que muchos atribuyen a Cicerón
(es mucho más antigua), tiene connotaciones profundas ya que indica
que la Ley es inamovible y rígidamente regula la conducta humana,
proporcionando un código justo para su aplicación universal en
todos los casos.
Sin
embargo, como la experiencia enseña; Nada hay perfecto en el
Universo, aún las leyes naturales y las leyes físicas que regulan
la naturaleza, suelen manifestar errores, no en su diseño, sino en
su intrincado mecanismo que aún la ciencia moderna con todos sus
sorprendentes avances, no logra descifrar. Por ejemplo; Los errores
innatos del metabolismo humano, los defectos cromosómicos, las
patologías, de hecho toda secuencia de las manifestaciones de la
vida y también del diseño natural de la naturaleza cósmica en toda
su dimensión, desde la Física Quántica hasta la Astrofísica,
muestran errores y defectos que contravienen el maravilloso orden de
la Creación. Somos testigos de grandes fenómenos cataclísmicos,
así como de la creación de grandes ordenamientos naturales.
Visto
desde otro ángulo, es posible que lo que apreciamos como desorden,
no sea sino el diseño básico de todo lo existente, es decir; Las
fuerzas naturales en constante conflicto, las constructivas versus
las destructivas. Eso mismo lo observamos en el maravilloso fenómeno
de la vida.
Es
posible que no todos estén de acuerdo con lo enunciado, pero
simplemente como es de observación cotidiana; La Perfección no
existe sino como concepto y filosóficamente es el origen de la
concepción universal de las ideas de Justicia, Belleza, Verdad,
Orden, Inteligencia, Amor, y las conceptualizamos como
características de la Suprema Divinidad, que es la razón y origen
de todo lo existente.
En
otro orden de ideas, la reciente determinación de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación Mexicana, en el notorio caso Cassez,
ilustra el conflicto existente entre la Ley y la Justicia, la Ética
y la Legalidad.
Resulta
ilustrativo el concepto de que una acción (o caso) no es justa, por
el hecho de ser la ley, sino que ha de ser ley, porque es justa.
De
hecho todos los códigos de justicia que se conocen en este
imperfecto planeta, están en constante revisión por la misma razón.
México de ninguna manera es la excepción. Nuestra elogiada,
vilipendiada (y sacrosanta) Constitución Política es un claro
ejemplo de nuestras limitaciones. El mismo concepto de Una Ley
General, (una así llamada “Carta Magna”) que rija toda actividad
humana en un país determinado, es, tendría que ser tan extensa,
complicada y aveces contradictoria, que resulta impráctica y punto
menos que inaplicable (como lo es la nuestra).
Estamos
repletos de casos en los que existen blatantes contradicciones que
ilustran tal concepto. Por ejemplo; El conflicto entre el Derecho de
Manifestación Pública, y el Derecho de Libre Tránsito en nuestras
calles y vías de comunicación. De facto, en nuestros sistemas de
Justicia, existen variados “Especialistas en Derecho
Constitucional”, que interpretan similares casos en forma
contradictoria, y generan interminables discusiones.
En
el caso que nos ocupa, el notorio Caso Cassez. Resulta ilustrativo de
tal dilema; ¿Fué justa la decisión (dividida como en las peleas
de box)? O los ministros Alfredo Gutiérrez, Olga Sánchez Cordero y
Antonio Saldívar, cometieron una grave injusticia en el nombre de la
ley?
Analizemos
aunque sea someramente, el complicado caso (nada más como ¡cuatro
mil “fojas” de expediente!). Dicen que cualquier problema se
analiza mejor simplificándolo, como cualquier matemático sabe y
enseña.
Tenemos
la obvia comisión de un delito sumamente grave; Privación ilegal de
la libertad y extorsión, Secuestro Agravado y Lesiones.
La
Policía descubre a los secuestradores “infraganti”, libera a las
víctimas y detiene a los “presuntos” delincuentes, los medios
por alguna razón se enteran y deseosos de hacer un sensacional
reportaje, entorpecen “El Debido Proceso” filmando la locación y
a los “presuntos”. El proceso sigue sus cauces y los detenidos
finalmente son encontrados culpables. Las pruebas parecen ser
irrefutables, la sentencias son “obsequiadas” (Auto de Formal
Prisión).. En el caso de la Md Cassez, además existió tardanza en
notificar inmediatamente al Cónsul General de Francia.
Las
declaraciones de las víctimas, no dejan lugar a dudas. Varias de
ellas la señalan como la joven mujer de cabello rubio, ojos azules y
acento francés que escondía su identidad bajo un pasamontañas. No
existía ninguna otra persona que presentara tales características
entre los detenidos. Es más, la joven declaró que ella estaba ahí,
porque era amante del jefe de la banda, aunque luego matizó su
declaración diciendo que no sabía de qué se trataba (????), y
más tarde afirmó que “ella también estaba secuestrada”. Mucho
más tarde (ya en Francia y en libertad), declaró: “Le puede pasar
a cualquiera, ¿Quién no ha tenido en su juventud una relación
equivocada?” .
Ahora,
después de tres juicios, tres sentencias condenatorias, siete años
de prisión, grandes presiones internacionales por parte de
autoridades francesas (el mismo Presidente de la Nación Gala),
considerable número de apelaciones, juicios de Amparo, litigios
interminables de expertos y astutos abogados de dudosa reputación.
Que interponen un recurso de Amparo en contra, por la causal de
nulidad de todas las sentencias, porque; -Se violaron los derechos
humanos de la acusada, al viciar el “Debido Proceso”-, al
exponerla los medios y retrasar la notificación a la Embajada de
Francia.
Desconozco
los motivos reales de los Ministros de la SCJ que votaron por
conceder el Amparo de la Corte y nulificar la sentencia,
.
Sin
embargo, aunque soy un ignorante en materia legal y desconozco los
recovecos de la Justicia Mexicana. Opino que:
Existen
dos claros delitos que hay que procesar; El Secuestro Agravado en
calidad de Cómplice de la Srita Cassez, y la Obstrucción a la
Justicia, por parte de Televisa.
Si
se violaron los derechos de la inculpada, y el causante fué un Medio
de Comunicación, hay que enjuiciar a éste y penalizarlo. No
obstante, tal hecho no resta culpabilidad a los acusados. incluyendo
a todos los detenidos.¡Ellos, todos, siguen siendo culpables!
La
contradicción me parece obvia; Un delito no puede borrar a otro, ni
puede exculparlo, sería como borrar un delito con ¡Otro delito!
La
decisión de los ministros, de privilegiar el cumplimiento del
“Debido Proceso”, sobre la culpabilidad de los criminales, es
insultante y ajena a toda noción de JUSTICIA para las víctimas y
para la Sociedad Mexicana.
Este
caso me parece, ilustra la contradicción en que incurren algunos de
nuestros jueces y ministros de preferir la “Absoluta Legalidad”
de un proceso, en contra de una “Real Administración de Justicia”.
Los
H. Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, son; ¡La
última instancia legal! Están obligados por su alta investidura a
interpretar la Ley, no están únicamente para seguir ciegamente la
letra de la Ley, y con éllo cometer una grave ¡INJUSTICIA!
¡Exactamente para éso están, para utilizar su criterio y
administrar JUSTICIA!
Oscar
L. Cisneros Febrero 22 de 2013
Muy claro, El Presidente Calderón nunca permitió que Cassez saliera de la cárcel pero sólo vastó un mes de Peña Nieto para que ésta mujer sea una celebridad en Francia!! Que pena por los franceses que hacen ídolo a una delincuente de ésa calaña!!
ResponderEliminarMuy buen artículo Pop,muy claro y muy bueno!
Patat