martes, 26 de febrero de 2013

A PROPOS DEL CASO CASSEZ

HOLA QUERIDOS BETS.
TODAVÍA NO PUEDO DEGLUTIR LA DECISIÓN DE LA SCJ EN ESTE FASCINANATE CASO. A VER QUE OPINA DE ÉSTO..
  DURA LEX, SED LEX


Esta frase originaria del Derecho romano, que muchos atribuyen a Cicerón (es mucho más antigua), tiene connotaciones profundas ya que indica que la Ley es inamovible y rígidamente regula la conducta humana, proporcionando un código justo para su aplicación universal en todos los casos.

Sin embargo, como la experiencia enseña; Nada hay perfecto en el Universo, aún las leyes naturales y las leyes físicas que regulan la naturaleza, suelen manifestar errores, no en su diseño, sino en su intrincado mecanismo que aún la ciencia moderna con todos sus sorprendentes avances, no logra descifrar. Por ejemplo; Los errores innatos del metabolismo humano, los defectos cromosómicos, las patologías, de hecho toda secuencia de las manifestaciones de la vida y también del diseño natural de la naturaleza cósmica en toda su dimensión, desde la Física Quántica hasta la Astrofísica, muestran errores y defectos que contravienen el maravilloso orden de la Creación. Somos testigos de grandes fenómenos cataclísmicos, así como de la creación de grandes ordenamientos naturales.
Visto desde otro ángulo, es posible que lo que apreciamos como desorden, no sea sino el diseño básico de todo lo existente, es decir; Las fuerzas naturales en constante conflicto, las constructivas versus las destructivas. Eso mismo lo observamos en el maravilloso fenómeno de la vida.

Es posible que no todos estén de acuerdo con lo enunciado, pero simplemente como es de observación cotidiana; La Perfección no existe sino como concepto y filosóficamente es el origen de la concepción universal de las ideas de Justicia, Belleza, Verdad, Orden, Inteligencia, Amor, y las conceptualizamos como características de la Suprema Divinidad, que es la razón y origen de todo lo existente.

En otro orden de ideas, la reciente determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Mexicana, en el notorio caso Cassez, ilustra el conflicto existente entre la Ley y la Justicia, la Ética y la Legalidad.
Resulta ilustrativo el concepto de que una acción (o caso) no es justa, por el hecho de ser la ley, sino que ha de ser ley, porque es justa.

De hecho todos los códigos de justicia que se conocen en este imperfecto planeta, están en constante revisión por la misma razón. México de ninguna manera es la excepción. Nuestra elogiada, vilipendiada (y sacrosanta) Constitución Política es un claro ejemplo de nuestras limitaciones. El mismo concepto de Una Ley General, (una así llamada “Carta Magna”) que rija toda actividad humana en un país determinado, es, tendría que ser tan extensa, complicada y aveces contradictoria, que resulta impráctica y punto menos que inaplicable (como lo es la nuestra).
Estamos repletos de casos en los que existen blatantes contradicciones que ilustran tal concepto. Por ejemplo; El conflicto entre el Derecho de Manifestación Pública, y el Derecho de Libre Tránsito en nuestras calles y vías de comunicación. De facto, en nuestros sistemas de Justicia, existen variados “Especialistas en Derecho Constitucional”, que interpretan similares casos en forma contradictoria, y generan interminables discusiones.

En el caso que nos ocupa, el notorio Caso Cassez. Resulta ilustrativo de tal dilema; ¿Fué justa la decisión (dividida como en las peleas de box)? O los ministros Alfredo Gutiérrez, Olga Sánchez Cordero y Antonio Saldívar, cometieron una grave injusticia en el nombre de la ley?
Analizemos aunque sea someramente, el complicado caso (nada más como ¡cuatro mil “fojas” de expediente!). Dicen que cualquier problema se analiza mejor simplificándolo, como cualquier matemático sabe y enseña.

Tenemos la obvia comisión de un delito sumamente grave; Privación ilegal de la libertad y extorsión, Secuestro Agravado y Lesiones.
La Policía descubre a los secuestradores “infraganti”, libera a las víctimas y detiene a los “presuntos” delincuentes, los medios por alguna razón se enteran y deseosos de hacer un sensacional reportaje, entorpecen “El Debido Proceso” filmando la locación y a los “presuntos”. El proceso sigue sus cauces y los detenidos finalmente son encontrados culpables. Las pruebas parecen ser irrefutables, la sentencias son “obsequiadas” (Auto de Formal Prisión).. En el caso de la Md Cassez, además existió tardanza en notificar inmediatamente al Cónsul General de Francia.
Las declaraciones de las víctimas, no dejan lugar a dudas. Varias de ellas la señalan como la joven mujer de cabello rubio, ojos azules y acento francés que escondía su identidad bajo un pasamontañas. No existía ninguna otra persona que presentara tales características entre los detenidos. Es más, la joven declaró que ella estaba ahí, porque era amante del jefe de la banda, aunque luego matizó su declaración diciendo que no sabía de qué se trataba (????), y más tarde afirmó que “ella también estaba secuestrada”. Mucho más tarde (ya en Francia y en libertad), declaró: “Le puede pasar a cualquiera, ¿Quién no ha tenido en su juventud una relación equivocada?” .
Ahora, después de tres juicios, tres sentencias condenatorias, siete años de prisión, grandes presiones internacionales por parte de autoridades francesas (el mismo Presidente de la Nación Gala), considerable número de apelaciones, juicios de Amparo, litigios interminables de expertos y astutos abogados de dudosa reputación. Que interponen un recurso de Amparo en contra, por la causal de nulidad de todas las sentencias, porque; -Se violaron los derechos humanos de la acusada, al viciar el “Debido Proceso”-, al exponerla los medios y retrasar la notificación a la Embajada de Francia.

Desconozco los motivos reales de los Ministros de la SCJ que votaron por conceder el Amparo de la Corte y nulificar la sentencia,
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Sin embargo, aunque soy un ignorante en materia legal y desconozco los recovecos de la Justicia Mexicana. Opino que:
Existen dos claros delitos que hay que procesar; El Secuestro Agravado en calidad de Cómplice de la Srita Cassez, y la Obstrucción a la Justicia, por parte de Televisa.
Si se violaron los derechos de la inculpada, y el causante fué un Medio de Comunicación, hay que enjuiciar a éste y penalizarlo. No obstante, tal hecho no resta culpabilidad a los acusados. incluyendo a todos los detenidos.¡Ellos, todos, siguen siendo culpables!

La contradicción me parece obvia; Un delito no puede borrar a otro, ni puede exculparlo, sería como borrar un delito con ¡Otro delito!

La decisión de los ministros, de privilegiar el cumplimiento del “Debido Proceso”, sobre la culpabilidad de los criminales, es insultante y ajena a toda noción de JUSTICIA para las víctimas y para la Sociedad Mexicana.

Este caso me parece, ilustra la contradicción en que incurren algunos de nuestros jueces y ministros de preferir la “Absoluta Legalidad” de un proceso, en contra de una “Real Administración de Justicia”.

Los H. Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, son; ¡La última instancia legal! Están obligados por su alta investidura a interpretar la Ley, no están únicamente para seguir ciegamente la letra de la Ley, y con éllo cometer una grave ¡INJUSTICIA! ¡Exactamente para éso están, para utilizar su criterio y administrar JUSTICIA!



Oscar L. Cisneros Febrero 22 de 2013

1 comentario:

  1. Muy claro, El Presidente Calderón nunca permitió que Cassez saliera de la cárcel pero sólo vastó un mes de Peña Nieto para que ésta mujer sea una celebridad en Francia!! Que pena por los franceses que hacen ídolo a una delincuente de ésa calaña!!
    Muy buen artículo Pop,muy claro y muy bueno!
    Patat

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